En un video de Facebook, Andrés explica que lleva siete años, desde que cumplió 18, en el apostolado de la organización Courage en Chihuahua y que acudir a este grupo le ha permitido “reconciliar” su atracción a las personas de su mismo sexo a través de la castidad.

Sobre la metodología que siguen y los servicios que ofrecen, la organización menciona en su sitio web lo siguiente: “Decir que Courage es inspirado por los Doce Pasos no quiere decir que veamos las atracciones sexuales como una enfermedad o adicción, sin embargo, algunos de nuestros miembros enfrentan apegos compulsivos a la pornografía o comportamiento promiscuo”, señalan en su sección de preguntas frecuentes.

Durante su testimonio, Andrés confiesa a los presentes que tras leer “pornografía explícita” en un libro de Julio Verne se volvió adicto a este tipo de contenido, pero que gracias a Courage pudo salir adelante. Esta organización pertenece a las “instituciones de ayuda” a las que canaliza el Consejo Mexicano de la Familia A. B. P. para “curar la homosexualidad”.

“Aunque la American Psychiatric Association (APA), con sede en San Francisco, California (la ciudad con la más alta concentración per cápita de homosexuales en el mundo), eliminó “por decreto” a la homosexualidad de su catálogo de enfermedades o desórdenes psiquiátricos o mentales en 1973, su decisión carece de validez (…) es absurdo que una comunidad, supuestamente científica, ignore que la verdad no es democrática”, declara ConFamilia en su sitio web.

Ilustración: Víctor Solís

El pasado 24 de julio, el Congreso de la Ciudad de México votó a favor de una ley que prohíbe la oferta de terapias de conversión. Los peligros que rondan a este tipo de prácticas han sido ampliamente documentados por la prensa. En el mejor de los casos se trata de una psicoterapia fraudulenta; en muchos otros, el “remedio” consiste en tortura, privación de la libertad y hasta violaciones “correctivas”.

La charlatanería, el fanatismo, la ignorancia y el riesgo que ronda a este tipo de servicios sustenta la idea de que es positivo eliminarlos. No obstante, la democracia liberal exige que cualquier prohibición sea rigurosamente analizada, especialmente si la prohibición implica el establecimiento de un delito.

Nos surge, entonces, la duda: ¿realmente los congresos locales tienen facultades para regular las mentadas “terapias de conversión”?

El primer conflicto para regular estos “tratamientos” es que no es claro qué son. Aunque casi siempre hay un costo asociado, no siempre se trata del pago por un servicio. Al ser en muchas ocasiones Asociaciones Civiles las que ofrecen estas terapias, lo que suelen pedir a cambio es una donación que no queda estipulada como un intercambio comercial.

Ahora bien, si decidiéramos regular desde una perspectiva de salubridad —aunque la homosexualidad no es una enfermedad— este tipo de terapias, lo que encontramos es un enredo jurídico.

No es claro que los centros que ofrecen este tipo de “tratamientos” funjan como establecimientos para el tratamiento de adicciones, porque no aparecen en los registros de la Comisión Nacional contra las Adicciones. Aun así, los tratamientos de “ayuda mutua” y “doce pasos” –que sí están reconocidos dentro de la NOM-028-SSA2-2009 para la prevención, tratamiento y control de adicciones– son ofrecidos por organizaciones como Courage. Es curioso, entonces, que estos grupos declaren no ver la homosexualidad como una enfermedad, pero busquen abordarla con metodologías propias para la atención de adicciones. En cualquier caso, si se entienden estas “terapias” como una actividad relacionada con la salubridad, la materia es necesariamente federal.

Un argumento que podría tratar de justificar la desregulación de este tipo de tratamientos es que no pretenden curar un padecimiento, sino modificar una preferencia. A este razonamiento habría que responder, en primera instancia, que la homosexualidad es una orientación y no una preferencia. Es decir: no se trata de una elección.

Pero aun si insistéramos en tratarla como una preferencia, el servicio no estaría libre de regulación. Bajo una perspectiva completamente abierta, su regulación estaría en la Ley Federal de Protección a los Consumidores toda vez que se trata de un servicio ofertado al público en general. Esta ley exige a los prestadores de servicios no caer en la charlatanería. Incluso, de acuerdo al artículo 231, fracción VII, del Código Penal de la Ciudad de México, podría considerarse como una especie de defraudación.

El ámbito de lo local puede encontrar un espacio siempre que justifique con claridad el bien jurídico que pretende tutelar y la justificación de la prohibición de tipo penal para hacerlo. La modificación aprobada por el Congreso de la Ciudad no lo logra. El primer problema es que equipara este tipo de tratamientos con la tortura. Nuevamente, la tortura es materia de una ley general y no es competencia local. Pero incluso sin esa equiparación, la iniciativa se refiere al principio 18 de los principios de Yogyakarta, el cual señala que los Estados deben vigilar que las consejerías o tratamientos médicos o psicológicos no pretendan “curar, tratar o suprimir” la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

De nuevo, el ámbito parece federal, toda vez que parece ocuparse de cuestiones relacionadas con la salubridad. Si bien aquí cabe señalar que existe una puerta abierta dada la falta de regulación en torno a los servicios psicológicos, nos parece que es insuficiente. El espacio de oportunidad parece estar más en la protección de la libertad y la seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual. Pero incluso aquí, la configuración del delito parece compleja.

Es cierto, el acto del Congreso de la Ciudad de México se ocupa de regular una actividad altamente problemática: se ofrecen curas para un mal que no existe. Esto es especialmente importante si nos enfocamos en la protección a los menores de edad frente a la imposición de este tipo de tratamientos. Sin embargo, la omisión de las autoridades federales en la regulación de la materia no otorga atribuciones a las autoridades locales para hacerlo y la legislación que pasa de forma atropellada crea espejismos regulatorios que no van a resolver el problema, sino que, por el contrario, debilitarán la capacidad del Estado para regularlo.

El problema de los ámbitos regulatorios —federal y local— no es nuevo. Hace algunos años, el Gobierno del Estado de Jalisco lamentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el contenido de la Norma Técnica NOM-046-SSA2-2005. Esta norma instruía a los médicos responsables de atender a víctimas de violación a suministrarles la llamada píldora del día siguiente. En ese caso, la Suprema Corte decidió que los gobiernos de las entidades federativas no tenían atribuciones para regular esas cuestiones de salubridad. Unos años antes, la despenalización del aborto en la Ciudad de México se debatió sobre premisas semejantes.

Lo más fácil puede ser apresurase a condenar la camisa de fuerza que implica la distribución de competencias en nuestro sistema constitucional, pero hay que ser cuidadosos con este tipo de berrinches. Después de todo, el federalismo es una herramienta que pretende controlar el abuso en el ejercicio del poder. La concurrencia de las autoridades federales y locales en la regulación de diversas materias, a pesar de lo confusa y problemática que pudiera resultar, tiene beneficios frente al autoritarismo. Por ello, lo mejor que podemos hacer es entender la dinámica del federalismo y aplicarlo en consecuencia.  En el caso de las “Terapias de conversión” nos parece que esto no ha ocurrido y es previsible que tarde o temprano la reforma sea invalidada. Así, poco se habrá ganado.

Ahora bien, que no exista atribución local para prohibir las “terapias de conversión” no quiere decir que no se deba empujar que dejen de existir. Actualmente existe en el Senado un proyecto de ley, impulsado por la Senadora Citlali Hernández, para eliminarlas. Sin embargo, y aunque ya se aprobó en comisiones, no se ha votado en pleno; tampoco se ve un interés generalizado en la legislatura actual, ni tampoco en el grupo parlamentario mayoritario de Morena.

Esto sencillamente se debe a que pasar esta iniciativa no es popular. Un buen proxy para medir la homofobia en el país es el apoyo al matrimonio igualitario: en 2019 una encuesta de El Financieroreveló que el 49 % de la población está en contra de esta medida.

El poder legislativo, a nivel federal y local, ha entendido su rol no como el de adecuar la ley a los tiempos que corren y al futuro que se divisa, sino como legislar para ganar popularidad. Así se explica que los congresos locales prefieran legislar piezas que les auguren la aprobación mayoritaria en sus estados, antes que hacer un análisis a conciencia de lo que están poniendo en las constituciones y leyes de su entidad. En pocas palabras: han preferido comportarse como legisladores mercenarios.

Mientras que en la CDMX la medida fue celebrada por la mayoría de la población, en el resto de los estados la situación dista mucho de ser parecida. El mes pasado en Baja California se frenó la iniciativa de matrimonio igualitario. Varios diputados “progresistas” de Morena prefirieron abstenerse para ganar terreno electoral que votar para dar derechos a sus ciudadanos. Al mismo tiempo, en Nuevo León, la arquidiócesis de Monterrey decidió publicar en sus redes sociales el testimonio de un muchacho que “se curó de la homosexualidad”; en respuesta, Omar Cigala, un joven activista del Movimiento por la Igualdad Nuevo León, fue a protestar a la arquidiócesis y terminó siendo amenazado por gente que pasaba por ahí y arrestado por policías municipales

El problema de este populismo legislativo es que termina por afectar la vida de las personas y el ánimo de las comunidades. Si la iniciativa aprobada por el Congreso de la CDMX termina siendo echada para atrás, ¿qué lectura tendrá en los otros estados? El pronóstico que tenemos no es positivo. En esta era de posverdad, lo más seguro es que se acabara por fortalecer el discurso discriminatorio y anti derechos al interpretar el hecho como que es ilegal prohibir las “terapias de conversión”.

Este esfuerzo progresista, al no estar dentro de los alcances del Congreso Local, podría traer consigo una reacción conservadora en todo el país. Eso provocaría que centros como al que acudió Andrés para “curar” su homosexualidad se vuelvan más fuertes y populares en los estados alejados de “la ciudad de los derechos”.

Detrás de cada ley polémica que nace muerta están las vidas de personas, no sólo en la entidad en cuestión sino que, gracias a la hipercomunicación, en todo el país. Legislar para buscar popularidad o pretendiendo que las buenas intenciones sopesen la falta de técnica es una de esas situaciones donde, como dirían las abuelas, sale peor el remedio que la enfermedad. El único consuelo que nos queda, es esa rara espada de doble filo que llamamos federalismo. A veces sirve para lo que queremos, otras no, pero en el marcador global controla el poder y con eso todas las personas ganan.

 

José Antonio Caballero
Profesor e Investigador en el CIDE. Es Licenciado en Derecho por la UNAM, Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra y miembro del SNI.

Luis Mendoza Ovando
Estudiante de la maestría en Periodismo sobre Políticas Públicas en el CIDE. Coeditor en la revista regiomontana Contextual MX.